Qué exige el Decreto 1843 de 1991 a las empresas de fumigación
Guía técnica para interpretar los requisitos sanitarios, ambientales y de seguridad aplicables a empresas de control de plagas y manejo de plaguicidas en Colombia.
El Decreto 1843 de 1991 es la columna vertebral de la regulación colombiana sobre uso y manejo de plaguicidas. Reglamenta la Ley 09 de 1979 y establece los requisitos sanitarios, técnicos y de seguridad que deben cumplir fabricantes, distribuidores, almacenadores y empresas aplicadoras.
El cumplimiento del Decreto 1843 no es un trámite formal: es la diferencia entre operar con respaldo legal o exponerse a sanciones, suspensiones y responsabilidades civiles.
1. ¿A quién aplica?
Aplica a toda persona natural o jurídica que en Colombia desarrolle alguna de las siguientes actividades con plaguicidas de uso en salud pública, doméstico, industrial, agrícola o veterinario:
- Fabricación, importación o formulación.
- Distribución, comercialización y almacenamiento.
- Aplicación profesional en empresas de control de plagas.
- Aplicación en cultivos y ambientes agroindustriales.
- Servicios de fumigación, desinfección y desratización.
2. Requisitos sanitarios para empresas aplicadoras
- Concepto sanitario favorable emitido por la Secretaría de Salud.
- Asistente técnico registrado, con formación profesional pertinente.
- Procedimientos operativos estandarizados.
- Hojas de seguridad (FDS) y fichas técnicas vigentes.
- Programa de capacitación documentado.
- Plan de emergencias y contingencia.
- Manejo adecuado de residuos peligrosos y envases.
- Trazabilidad documental de aplicaciones.
3. El rol del asistente técnico
Es la figura responsable de garantizar que la empresa opere conforme a la norma. Sus funciones incluyen:
- Aprobar productos, dosis y procedimientos.
- Capacitar al personal aplicador.
- Acompañar visitas sanitarias y responder requerimientos.
- Mantener actualizada la documentación técnica.
- Articular el cumplimiento técnico con SG-SST y gestión ambiental.
¿Quién puede ser asistente técnico?
Profesionales con formación en áreas afines: ingeniería ambiental, sanitaria, agronómica o química, con experiencia en manejo seguro de plaguicidas y conocimiento de la normatividad vigente.
4. Articulación con SG-SST y gestión ambiental
- SG-SST (Resolución 0312 de 2019): matriz de riesgos, exámenes ocupacionales, EPP.
- Gestión ambiental: Decreto 1076 de 2015, manejo de residuos peligrosos, vertimientos y emisiones.
- Asuntos regulatorios: registros ICA, INVIMA y autorizaciones ANLA.
5. Sanciones por incumplimiento
- Suspensión o cancelación del concepto sanitario.
- Multas administrativas.
- Cierre temporal o definitivo del establecimiento.
- Sanciones laborales por incumplimiento del SG-SST.
- Responsabilidad civil o penal por afectaciones a la salud pública.
Conclusión
El Decreto 1843 sigue siendo la principal referencia normativa para el sector de control de plagas en Colombia. Su correcta implementación separa a las empresas que operan con respaldo de quienes asumen riesgos innecesarios.
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